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Dirección de Gestión Institucional de Recursos Humano

Base legal

Decreto Ejecutivo No. 29673-MOPT, publicado en La Gaceta No. 149 del 06 de agosto del 2001.

Reseña Histórica

La Dirección General de Personal se inició como una oficina que atendía los asuntos correspondientes a personal y planillas, dependientes de la Oficialía Mayor, la cuál contó las Secciones de Investigación y Servicios Generales  Posteriormente, se transformó en el Departamento de Personal, que a principios de 1971 fungía realmente como una oficina de trámite, lo que motivó a tecnificar sus funciones. Esta idea se consolidó mediante Decreto Ejecutivo No. 2346-T de 26 de mayo de 1972, publicado en La Gaceta No. 108 de 7 de junio del mismo año.

Según los registros de la Dirección de Planeamiento Administrativo de 1974, el Departamento de Personal, contó con las Secciones Administrativas, Reclutamiento y Selección, Clasificación y Valoración, Conflictos Laborales y  Adiestramiento.  Además debido a las necesidades psicosociales y laborales de los trabajadores se crea la Unidad de Psicología Industrial, orientada atender problemas de índole psicológicos, trámite de pensiones, también para esa fecha se crea la Unidad de Seguridad e Higiene.

Por Decreto Ejecutivo No. 9610-T, publicado en La Gaceta No. 40 de 26 de febrero de 1979, se crea la Dirección General de Personal adscrita a la División Administrativa, la que luego, mediante Circular No. 519 oficializa el cambio a Dirección General de Recursos Humanos, con los Departamentos de Documentación y Trámite, Reclutamiento y Selección de Personal, Clasificación y Valoración de Puestos, Psicología Laboral y la Sección de Relaciones Laborales.

Según los registros de la Dirección de Planeamiento Administrativo de 1983, la Dirección General de Recursos Humanos mantuvo los siguientes Departamentos, a saber; Adiestramiento, Documentación y Trámite, Reclutamiento y Selección de Personal, Relaciones Laborales, Seguridad e Higiene Ocupacional y Psicología Laboral.

Además en junio de 1984 se establece el Consultorio Médico, ubicado en el Plantel Central, regulado por la División Administrativa.

Según los registros de la Dirección de Planeamiento Administrativo de 1985, la Dirección General de Recursos Humanos contó con los siguientes Departamentos: Documentación y Trámite, Reclutamiento y Selección de Personal, Relaciones Laborales, Seguridad e Higiene Ocupacional y Psicología Laboral.

Su estructura organizativa es alterada a través del Decreto Ejecutivo No. 21272-MOPT del 5 de mayo de 1992, que transforma la Dirección General de Adiestramiento en Departamento, adscrito a la Dirección de Recursos Humanos.

El 17 de noviembre de 1992, mediante el Oficio No. 92-663 de la Dirección General de Planeamiento Administrativo establece los objetivos y funciones del nuevo Departamento de Control y Nomenclatura, el cual dará lugar al Departamento de Regulación y Control, según Estudio Nº 94-001 de la misma Dirección. Estudio que a su vez oficializa el funcionamiento del nuevo Departamento de Clasificación de Puestos.

En los registros de la Dirección de Planeamiento Administrativo de 1993, la Dirección General de Recursos Humanos, contó con los Departamentos de Documentación y Trámite, Relaciones Laborales, Reclutamiento y Selección de Personal, Salud Ocupacional, Adiestramiento, Control y Nomenclatura Ocupacional y la Sección de Informática.

Además según los registro de la Dirección de Planeamiento Administrativo la Dirección para 1994, mantuvo los siguientes Departamentos:  Relaciones Laborales, Reclutamiento y Selección de Personal, Adiestramiento, Salud Ocupacional, Documentación y Trámite, Clasificación de Puestos, Regulación y Control y la Sección de Informática.

Luego, en atención a estudio realizado por la Dirección General de Planeamiento Administrativo (Informe No. 94-003 de febrero de 1994), se dispuso acoger parcialmente su recomendación, en el sentido de trasladar el Departamento de Investigaciones Administrativas a la Dirección General de Recursos Humanos.

Posteriormente, en 1995 como lo indica el Manual de Organización y Funciones de la Dirección de Planeamiento Administrativo, la Dirección General de Recursos Humanos, contó con los siguientes Departamentos: Relaciones Laborales, Reclutamiento y Selección de Personal, Salud Ocupacional, Documentación y Trámite, Adiestramiento, Clasificación de Puestos, Regulación y Control, Investigaciones Administrativas, así como las Secciones de Informática y Administrativa.

Además, mediante el Decreto Ejecutivo No. 26570-MOPT, publicado en La Gaceta No. 09 del 14 de enero de 1998, que deroga al Decreto Ejecutivo No. 25138-MOPT, publicado en La Gaceta No. 95 del 20 de mayo de 1996, se reestructura la División Administrativa bajo la modalidad de procesos.  La modificación de la estructura organizativa fue aprobada por Sistemas Administrativos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes así como por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica mediante el documento DM-270-96 de 21 de marzo de 1996 y Reforma del Estado del Ministerio de la Presidencia.  Pasando la Dirección de Recursos Humanos a ser la Subárea Administración de Recursos Humanos.

Posteriormente, mediante el Decreto Ejecutivo No. 27917-MOPT, publicado en La Gaceta No. 112 del 10 de junio de 1999, se reestructura el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, pasando la Subárea Administración de Recursos Humanos a ser un Departamento de Recursos Humanos de la Dirección de Administración.

Más adelante se crea, como parte de Recursos Humanos, la Oficina de la Mujer, sustentada en el Decreto No. 28484 MAG-MEP-MTSS-S-CM, del 21 de febrero del 2000, artículo 5o, la misma posteriormente, pasa a llamarse Oficina de Equidad de Género.

Finalmente, mediante el Decreto Ejecutivo No. 29673-MOPT, publicado en La Gaceta No. 149 del 06 de agosto del 2001, se crea nuevamente la Dirección de Recursos Humanos, dependiendo de la División Administrativa, conformada por los Departamento de Registro y Control, Salud Ocupacional, Relaciones Laborales, Análisis Ocupacional, Captación de Personal, Oficina Equidad de Género y la Unidad de Informática.

Objetivo

Normar la administración del recurso humano, proveer al Ministerio del personal idóneo, según los procedimientos establecidos y evaluar su desempeño.  Asimismo, realizar evaluaciones a las unidades administrativas en materia de administración de recursos humanos.

Funciones

  1. Planear, dirigir, organizar, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar la administración de los recursos humanos, de acuerdo con las metas y objetivos trazados para el Ministerio.
  2. Administrar correctamente la labor técnica y los recursos de la Dirección.
  3. Brindar asesoría, en materia de su competencia a las dependencias del MOPT, incluyendo a los Consejos; así como al Sector Transportes y a otras Instituciones, cuando así lo soliciten.
  4. Coordinar con la Dirección General de Servicio Civil, Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, Ministerio de Hacienda y otras instituciones, todo lo relacionado con la administración de recursos humanos.
  5. Administrar y evaluar las pruebas teóricas, prácticas, psicométricas y médicas para valorar la aptitud de los candidatos antes de su nombramiento, o bien durante la vigencia del período de prueba, a efecto de determinar la información básica para comparar las condiciones particulares de los candidatos.
  6. Gestionar ante la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria la aprobación de plazas vacantes.
  7. Verificar previo al nombramiento, si la persona recibe pensión o jubilación de los regímenes a cargo del Presupuesto Nacional de la República, a fin de que se suspenda la misma.
  8. Ejecutar las actividades relacionadas con el reclutamiento, selección asignación y clasificación de puestos del Ministerio.
  9. Elaborar y mantener actualizado el Manual Institucional de Clases.
  10. Mantener actualizado un sistema de registro y control de todo el personal de la Institución, por medio de expedientes y base de datos computadorizada; así como el registro de las jefaturas de la Institución.
  11. Remitir a la Dirección Nacional de Pensiones en el plazo improrrogable de diez días hábiles del rige, las modificaciones realizadas a la estructura de clases o puestos, reestructuraciones, estructura administrativa, escalas salariales; así como las condiciones específicas sobre los diferentes pluses salariales y su fundamento legal.
  12. Comunicar por escrito a los jerarcas o titulares subordinados un mes antes de dejar sus cargos, sobre la obligación de presentar el Informe de Fin de Gestión; así como, custodiar las copias y hacerle entrega del mismo a los sucesores de los jerarcas o titulares subordinados
  13. Comunicar a la Contraloría General de la República, los nombramientos y ceses de los servidores que ocupen los cargos para cuyo desempeño se requiere la declaración jurada de bienes.
  14. Coordinar, ejecutar, supervisar y controlar los movimientos de personal, tales como: aprobación de vacaciones, control de asistencia, nombramientos, traslados y ascensos; asimismo, el trámite de tiempo extraordinario, viático corrido, pasajes, anualidades, dedicación exclusiva, carrera profesional y prohibición, permisos con y sin goce de salario, despidos, cambios de rutas y otros.
  15. Coordinar con la Tesorería Nacional lo referente a las retenciones, anulaciones y liberaciones de pagos.
  16. Coordinar y controlar que la información general del sistema de recurso humano de la Institución se mantenga actualizada, de acuerdo con la normativa establecida para tal efecto.
  17. Investigar y emitir informes con recomendaciones de conformidad con la normativa vigente, sobre los conflictos laborales que se susciten con el personal del Ministerio en todos los niveles administrativos.
  18. Aplicar el régimen disciplinario con base en las disposiciones del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios, Estatuto de Servicio Civil su Reglamento y Código de Trabajo.
  19. Investigar denuncias por infracción a las disposiciones que rigen la prestación del servicio en cuanto a: violación de deberes e incumplimiento de obligaciones y de responsabilidades de los servidores
  20. Actuar como mediador con propósitos conciliatorios en los conflictos de índole laboral que se presenten en el Ministerio
  21. Investigar denuncias por infracción a las disposiciones que rigen la prestación del servicio en cuanto a: violación de deberes e incumplimiento de obligaciones y de responsabilidades de los servidores.
  22. Ejecutar las actividades que en las áreas médica, psicosociológica, y odontológica, se realizan en el Ministerio, en el nivel nacional.
  23. Aplicar políticas de atención integral que velen por la salud, estabilidad emocional y social del trabajador.
  24. Efectuar diagnósticos a los empleados que lo requieran, en las áreas médica, psicosociológica y odontológica, así como recomendar el tratamiento adecuado.
  25. Dar atención médica y odontológica, curativa y preventiva, a los empleados de la Institución y suministrar, en coordinación con la C.C.S.S., los medicamentos apropiados, así como proporcionar el servicio de enfermería e inyectables.
  26. Dar atención especializada en psicología clínica, a los servidores que así lo requieran.
  27. Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Ministerio, en lo que se refiere a Servicios Personales.
  28. Atender, analizar y diseñar sistemas de información y otras aplicaciones de procesamiento electrónico de datos que requieran las dependencias de Recursos Humanos, en coordinación con Dirección de Informática.
  29. Adoptar, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, normas y procedimientos que tomen en cuenta la equidad de género en la cultura organizacional de la Institución.
  30. Atender las denuncias que presentan las funcionarias sobre acciones que atenten contra sus derechos como persona trabajadora; canalizando hacia las instituciones correspondientes los casos de discriminación que denuncian las trabajadoras.
  31. Recibir y tramitar ante el Despacho del Ministro las denuncias por Hostigamiento Sexual o Laboral.
  32. Registrar, controlar y aprobar el pago de horas extraordinarias de los funcionarios de la Institución de acuerdo con los lineamientos técnicos de la Dirección General de Presupuesto Nacional.
  33. Comunicar a cada funcionario a nombrar en alguno de los cargos de acuerdo con el artículo No.2 del Decreto Ejecutivo No.33962-MOPT "Reglamento sobre las Cauciones que deben Rendir los Funcionarios del MOPT, Encargados de Recaudar, Custodiar o Administrar Fondos y Valores Públicos", la obligación de rendir de previo la garantía correspondiente; así como llevar un registro de los funcionarios que se encuentran obligados a suscribir la póliza de fidelidad y fecha de vencimiento de éstas.
  34. Cumplir  con la legislación vigente y con las normas y procedimientos establecidos en materia de su competencia, dictadas por los entes competentes; así como, velar por su cumplimiento en otras dependencias del MOPT.
  35. Participar activamente en Consejos, Comisiones, Juntas Directivas y demás órganos que la normativa vigente estipule o por instrucción de los Jerarcas del Ministerio.
  36. Ejercer, sobre las dependencias del MOPT, cuando proceda, el mando técnico por medio de directrices, disposiciones y circulares, en las que la naturaleza y especialidad de sus funciones lo demanden; así como, supervisar y evaluar su puesta en práctica.
  37. Acatar las disposiciones que, en el ejercicio del mando técnico, ejerzan las dependencias del MOPT, informando de su labor, cuando se le solicite.
  38. Establecer un Sistema de Control Interno con fundamento en la normativa legal vigente y acorde con las atribuciones y ámbito de la labor de la Dirección de Recursos Humanos, que garantice el cumplimiento de los objetivos internos e institucionales; así como autoevaluarse, al menos, una vez al año para determinar la efectividad del sistema de control interno y mejorarlo si se requiere.
  39. Preparar el anteproyecto de presupuesto de la dependencia.
  40. Presentar informes periódicos a sus superiores sobre las labores realizadas.

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