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Dirección de Capacitación y Desarrollo

Base legal

Decreto Ejecutivo No. 29673-MOPT, publicado en La Gaceta No. 149 del 06 de agosto del 2001.

Reseña Histórica

Mediante Decreto Ejecutivo No. 15131-MOPT, publicado en La Gaceta del 4 de enero de 1984, se crea la Dirección General de Adiestramiento como dependencia del Viceministro de Obras Públicas y Transportes.

Posteriormente, mediante el Decreto Ejecutivo No. 21272-MOPT, publicado en La Gaceta No. 100 del 26 de mayo de 1992, se transforma la Dirección General de Adiestramiento en el Departamento de Adiestramiento, adscrito a la Dirección General de Recursos Humanos.

Luego mediante el Decreto Ejecutivo No. 24630-MOPT, publicado en La Gaceta No. 182 del 26 de setiembre de 1995, el citado Departamento de Adiestramiento se convierte en la Dirección General de Capacitación dependiente de la División Administrativa.

Además, mediante el Decreto Ejecutivo No. 25138-MOPT, publicado en La Gaceta No. 95 del 20 de mayo de 1996, se reestructura la División Administrativa bajo la modalidad de procesos.  La modificación de la estructura organizativa fue aprobada por Planeamiento Administrativo del Ministerio de Obras Públicas y Transportes; así como, por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica mediante el documento DM-270-96 de 21 de marzo de 1996 y la Reforma del Estado del Ministerio de la Presidencia, pasando la Dirección General de Capacitación a formar parte de  la Subárea de Recursos Humanos.

Mediante el Decreto Ejecutivo No. 26570-MOPT, publicado en La Gaceta No. 09 del 14 de enero de 1998, se deroga al Decreto Ejecutivo No.25138-MOPT, y se crea la Subárea de Capacitación y Desarrollo.

Posteriormente, mediante el Decreto Ejecutivo No. 27917-MOPT, publicado en La Gaceta No. 112 del 10 de junio de 1999, se reestructura el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, pasando la Subárea de Capacitación y Desarrollo a formar parte del Departamento de Recursos Humanos de la Dirección de Administración.

Finalmente, mediante el Decreto Ejecutivo No. 29673-MOPT, publicado en La Gaceta No. 149 del 06 de agosto del 2001, se crea la Dirección de Capacitación y Desarrollo, dependiendo de la División Administrativa.

Objetivo

Desarrollar el factor humano de la Institución, mediante la capacitación, formación y adiestramiento necesarios a todos los servidores de la Institución que así lo requieran, para que el Ministerio pueda enfrentar, de la mejor manera, los constantes cambios del entorno y determinar las soluciones óptimas a los distintos problemas y asuntos que son de su competencia.

Funciones

  1. Realizar estudios técnicos de detección de necesidades de capacitación, con el propósito de formular el Plan de Capacitación a corto, mediano y largo plazo y los programas de trabajo pertinentes para satisfacer los objetivos y metas del Ministerio.
  2. Coordinar a lo interno y externo del Ministerio acciones que favorezcan la participación conjunta de otras dependencias públicas o privadas, nacionales y extranjeras, en el proceso capacitador de funcionarios públicos, en términos de intercambio, donación o préstamo de los recursos propios de capacitación y desarrollo de los funcionarios en general, tanto del Subsistema de Capacitación y Desarrollo (SUCADES) como del Centro de Capacitación y Desarrollo (CECADES) y por medio de los Organismos Internacionales y Embajadas de gobiernos amigos.
  3. Planificar, organizar, controlar, impartir y evaluar la ejecución de las acciones capacitadoras que se lleven a cabo en la Institución, apoyándose en la colaboración que puedan brindar las instancias normativas en la materia; así como, velar por el adecuado uso de los recursos económicos y humanos disponibles para el desarrollo de actividades propias de capacitación.
  4. Velar por la correcta aplicación de las disposiciones técnicas y jurídicas que rigen el desarrollo de la capacitación de los funcionarios del MOPT.
  5. Organizar y mantener actualizados los registros que identifiquen los recursos de infraestructura, materiales, facilitadores, personal calificado, programas, evaluaciones y cualesquiera otros que se estimen necesarios, con el fin de satisfacer necesidades internas de planificación de la capacitación y necesidades externas del CECADES, todo ello a través del Sistema de Información de Capacitación (SINCAP) que administra el CECADES.
  6. Remitir, a la Oficialía Mayor o a quien el Ministro delegue, la documentación requerida para su V° B° previo a la divulgación de las actividades de  capacitación (cursos, talleres, seminarios, congresos); así como, para la firma de los contratos de becas.
  7. Realizar adecuada y oportunamente los trámites de Licencias y Contratos para Estudio, Capacitación y Labores docentes, en beneficio de todos los servidores de la Institución.
  8. Realizar los estudios técnicos y otras acciones o trámites para determinar las mejores opciones en cuanto al aprovechamiento y disfrute de  becas   y  otras facilidades de capacitación, siguiendo lo dispuesto en la normativa de Licencias vigente.
  9. Coordinar el desarrollo de sus actividades regulares con el CECADES y rendir informes trimestrales a la autoridad superior  y al CECADES sobre los distintos procesos desarrollados, incluyendo el desglose de los recursos económicos, materiales y humanos utilizados. Asimismo, presentar un informe anual integrando las principales acciones trimestrales, el cual será objeto de consideración por parte del Consejo de Capacitación y la Asamblea del SUCADES, para evaluar el plan general de capacitación y desarrollo de las instituciones integrantes de dicho subsistema.
  10. Establecer lineamientos, políticas y directrices internas para la capacitación de personal, en función de las prioridades, estrategias y necesidades institucionales, que permitan aprovechar los conocimientos que adquiera el personal que se beneficia con becas y otras facilidades de estudio.
  11. Velar, porque las fases de desarrollo, formación y capacitación de personal, satisfagan las necesidades técnicamente detectadas en los funcionarios del M.O.P.T.
  12. Coordinar, supervisar y controlar el apoyo técnico y administrativo necesario para el desarrollo y cabal cumplimiento de los proyectos de capacitación y actualización del personal.
  13. Coordinar lo relativo a la divulgación y concesión de facilidades de capacitación y actualización de personal, por medio de la Comisión de Becas del MOPT; así como, ejecutar los acuerdos emanados de dicha Comisión y  fungir como su Secretaría Ejecutiva.
  14. Emplear todos los medios usuales de capacitación como charlas, métodos informativos, seminarios, cursos, etc., de acuerdo a la planificación que al efecto realice, para que el personal de la Institución esté informado de sus deberes y derechos derivados de la Ley No.7476 "Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia"; así como distribuir toda clase de materiales informativos y educativos sobre el hostigamiento sexual, al personal de la Institución.
  15. Tomar las acciones necesarias, a fin de que se impartan cursos de capacitación para funcionarios a cargo de la instrucción de procesos administrativos vinculados con denuncias por acoso sexual, de manera tal que los servidores que se designen como órganos directores cuenten con la debida capacitación sobre la manteria.
  16. Definir en coordinación con los Ejecutores de Programa, las especificaciones técnicas de los procesos de contratación administrativa de bienes y servicios que promuevan las diferentes dependencias de la Institución, en materia de su competencia.
  17. Establecer un “Sistema de Control Interno” acorde con las atribuciones y ámbito de la labor de la Dependencia, que garantice el cumplimiento de los objetivos internos e institucionales; así como autoevaluarse, al menos, una vez al año para determinar la efectividad del sistema de control interno y mejorarlo si se requiere.
  18. Ejercer, sobre las dependencias del MOPT, en las que la naturaleza y especialidad de sus funciones lo demanden; la supervisión técnica por medio de directrices, disposiciones y circulares, así como, evaluar su puesta en práctica.
  19. Acatar las disposiciones que, en el ejercicio de la asesoría y supervisión técnica, ejerzan las dependencias del MOPT, informando de su labor cuando se le solicite.
  20. Brindar asesoría técnica, en materia de su competencia, a todas las dependencias del MOPT, al Sector Infraestructura y Transportes, así como a otras instituciones, cuando así lo soliciten.
  21. Cumplir con la legislación vigente y con las normas y procedimientos establecidos en materia de su competencia, dictadas por los entes competentes; así como, velar por su cumplimiento en otras dependencias del MOPT.
  22. Preparar el anteproyecto de presupuesto de la dependencia. Presentar informes trimestrales y anuales a la División Administrativa, de la labor realizada.

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