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Convalidación de licencias de conducir a funcionarios diplomáticos y consulares extranjeros.

Dependencia:

Dirección General de Educación Vial

Dirección de la dependencia, sus sucursales y horarios

San José, La Uruca, Costado Oeste del Banco Nacional, Horario de Lunes a Viernes de 7:00 am a 4:00 pm. Jornada continua.

Central telefónica Dirección General de Educación Vial Teléfono: 2227-51-58 / 2227-92-97.

6.2. Liberia:

De la liga de la caña 400 mts. Oeste, o contiguo al plantel del MOPT en Liberia.
Teléfonos: 2666-20-95 / 2665-52-03 / 2666-43-01

6.3. Puntarenas:

Costado oeste del plantel del MOPT, Barrio Chacarita. Puntarenas
Teléfonos: 2663-78-56

6.4. San Carlos:

De la escuela Barrio San Martín 50 mts. Noroeste, contiguo a la delegación de la Policía de Tránsito en San Carlos.
Teléfonos: 2460-46-65 / 2460-35-43

6.5. San Ramón:

Contiguo al plantel del  MOPT de San Ramón, 225 mts. Este del los semáforos del hospital San Ramón.
Teléfonos: 2445-36-31 / 2445-59-37

6.7. Guapiles:

De los Tribunales de Justicia 300 mts. Sur, contiguo a la Delegación de Tránsito en Guápiles.
Teléfonos: 2710-42-56 / 2710-42-58 / 2710-42-68

 

6.8. Limón:

Ruta 32 frente al plantel de Celdaca ó contiguo a Tracasa ó contiguo al Plantel de Obras Públicas del M.O.P.T en Sandoval)
Teléfonos: 2797-11-83 / 2797-28-68 / 2798-49-61

6.9. Pérez Zeledón:

600 mts sur del plantel del MOPT San Isidro de General Pérez Zeledón
Teléfonos: 2771-55-71 / 2771-48-59

Licencia, autorización o permiso que se obtiene en el trámite:

Licencia

Requisitos

 

Requisitos

Fundamento Legal

 

1.

Aportar oficio del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, con la indicación del nombre completo del Diplomáticos, su fecha de nacimiento y su estado civil, además, debe indicar la dirección exacta de su domicilio y números telefónicos en Costa Rica.

Decreto No.15877, artículo59

 

2.

Original o copia de la licencia de conducir vigente y en buen estado, emitida por el país de origen, de no presentar esta deben realizar la prueba respectiva.

Ley 7331, artículo 75

 

3.

Original y copia del pasaporte vigente.

Ley 6227, artículo 295

 

4.

Original y copia del Carné de Diplomático, extendido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica, con la identificación de: Misión Internacional, identificado en el Sistema de Acreditación de Conductores como (MI). Cuerpo Diplomático, identificado como (CD). Cuerpo Consular, identificado como (CC). Funcionario Administrativo, identificado como (CA).

Ley 6227, artículo 295

 

5.

La convalidación de la licencia de conducir a funcionarios diplomáticos y consulares extranjeros, es exenta de todo pago de derechos y tributos.

Decreto 15877 y artículos 4 y 59

 

Si desea revisar leyes y decretos los puede encontrar en la página de la Procuraduría General de la República o si es alguna otra disposición o manual lo puede hacer en la página del Diario Oficial La Gaceta

Plazo de resolución:

Vigencia de la licencia, autorización o permiso:

Costo del trámite:

 

 

Formulario(s) que se debe(n) presentar

 

Funcionario Contacto


Funcionario.

Oficina o Sucursal: Dpto. de Acreditación de Conductores (Licencia )

Nombre: Marcelo Morera  Vázquez

Email: This e-mail address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it

Teléfono 1: 2522-0855 Teléfono 2: 2522-0856 Fax:

Observaciones