Dirección General de Educación Vial

Encargado (a)
Licda. Cindy Coto Calvo
Teléfono
2220-9711
Correo electrónico
cindy.coto@mopt.go.cr

Funciones

  1. Planear, dirigir, organizar, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la educación vial y la emisión de licencias de conducir.
  2. Elaborar, con base en la legislación existente, políticas, normas y procedimientos que, sobre educación vial, deben regir en el país.
  3. Administrar la capacitación, pruebas y emisión oportuna de licencias de conductores.
  4. Realizar los programas de capacitación y las campañas de publicidad que se consideren pertinentes, para que la población posea un alto conocimiento de la normativa en materia de seguridad vial.
  5. Recibir y registrar las resoluciones y los listados para la suspensión de las licencias de conducir que remiten los Juzgados de Tránsito; así como, actualizar el Sistema de Acreditación de Licencias de Conducir y realizar la suspensión formal de dichas licencias.
  6. Brindar información, respecto de los servicios que presta la Dirección a toda persona que lo solicite e inscribir en el curso teórico de educación vial a los interesados que cumplan con todos los requisitos establecidos y a los interesados en la realización de la prueba práctica de manejo.
  7. Capacitar y evaluar, en materia de educación y seguridad vial, a los conductores acreditados y a los posibles nuevos conductores de vehículos, en todo el país en relación con cursos regulares, transporte público, iletrados, maquinaria especial y otros.
  8. Autorizar y emitir las licencias de conducir, de acuerdo con la normativa establecida, a saber: por primera vez, renovación, duplicados, homologaciones y extender los permisos para aprender a conducir.
  9. Diseñar y mantener actualizados los manuales relacionados con los cursos regulares en materia de Educación y Seguridad Vial, Transporte Público, Transporte de Materiales Peligrosos, Maquinaria Especial e Iletrados y preparar los Materiales Didácticos requeridos.
  10. Elaborar y mantener actualizada, con base en la normativa vigente, la “Boleta de Evaluación de Prueba Práctica de Manejo” y la documentación que se requiera para la ejecución de las pruebas prácticas y aplicar dichas pruebas.
  11. Capacitar a conductores de vehículos en las diversas modalidades de transporte terrestre, transporte de productos peligrosos y a otros cuerpos especiales (Bomberos, Cruz Roja, Docentes, Padres de Familia, Seguridad Pública, Organizaciones Comunales y otros); así como, capacitar en labores propias de patrullas escolares y educación y seguridad vial a los Policías de Tránsito ubicados en escuelas.
  12. Promover una política de formación y capacitación del personal de la Dirección General en las diferentes ramas de su actividad.
  13. Prevenir y analizar estadísticamente los accidentes de tránsito, involucrando a las comunidades en la solución de la problemática.
  14. Promover y coordinar con las instituciones estatales, de salud privadas e internacionales, la formación y la capacitación sobre educación y seguridad vial, que se requieran en el nivel nacional.
  15. Establecer relaciones conjuntas con la empresa privada para desarrollar programas sobre Educación Vial y velar porque se cumplan las disposiciones técnicas establecidas, de previo, por la Dirección General en las campañas de seguridad vial auspiciadas, tanto por la misma Dirección General como por la empresa privada.
  16. Proponer la reglamentación o modificación de la legislación normativa en materia de educación vial y emisión de licencias de conducir y su caducidad.
  17. Emitir, en el papel oficial, las certificaciones de aprobación de los cursos teóricos solicitados por el titular del registro o por una autoridad competente; así como, emitir las constancias de conductores autorizados o no y las certificaciones y constancias de licencias para trámites dentro y fuera del país.
  18. Promover y coordinar el mejoramiento de los sistemas de formación y capacitación en materia de educación formal, determinando el tipo de zona urbana, rural, urbano-marginal, características climáticas, nivel educativo e infraestructura vial existente en la zona.
  19. Cumplir con las políticas, normas y procedimientos establecidos en materia administrativa y elaborar el anteproyecto de presupuesto de la Dirección General; así como, realizar las evaluaciones necesarias para determinar la eficiencia y eficacia de los programas y proyectos llevados a cabo.
  20. Participar activamente en Consejos, Comisiones, Juntas Directivas y demás órganos que la normativa vigente estipule o por instrucción de los Jerarcas del Ministerio.
    Brindar asesoría, en materia de su competencia, a todas las dependencias del MOPT, incluyendo a los Consejos; así como, al Sector Transportes y a otras instituciones, cuando así lo soliciten.
  21. Ejercer, sobre las dependencias del MOPT, cuando proceda, el mando técnico por medio de directrices, disposiciones y circulares, en las que la naturalezay especialidad de sus funciones lo demanden; así como, supervisar y evaluar su puesta en práctica.
  22. Acatar las disposiciones que, en el ejercicio del mando técnico, ejerzan las dependencias del MOPT, informando de su labor, cuando se le solicite.
  23. Cumplir con la legislación vigente y con las normas y procedimientos establecidos en materia de su competencia, dictadas por los entes competentes.
  24. Establecer un “Sistema de Control Interno” con fundamento en la normativa legal vigente y acorde con las atribuciones y ámbito de la labor de la Dependencia, que garantice el cumplimiento de los objetivos internos e institucionales; así como autoevaluarse, al menos, una vez al año para determinar la efectividad del sistema de control interno y mejorarlo si se requiere.
  25. Rendir informes periódicos a la División de Transportes, sobre las labores realizadas.