Funciones
- Planear, dirigir, organizar, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la Dirección de Obras Marítimo – Portuarias.
- Asesorar y apoyar a la rectoría que ejerce el Ministro en el Sector Transporte por medio de la Dirección de la División.
- Velar por el cumplimiento de las políticas, planes y programas institucionales que en el ámbito de las obras marítimo – portuarias apruebe el Ministro.
- Coadyuvar con el Director de la División Marítimo – Portuaria en el seguimiento, control y evaluación de las políticas y estrategias, que en materia de su competencia emita el Ministro.
- Coordinar con los entes que conforman el Sector Transporte a fin de cumplir los objetivos sectoriales e institucionales.
- Dirigir los mecanismos necesarios para que la infraestructura marítimo – portuaria sea debidamente conservada y que las ampliaciones y nuevos proyectos de infraestructura sean ejecutadas adecuadamente y conforme con las nuevas técnicas y tecnologías de punta.
- Aprobar los estudios para terminales de cabotaje, obras de protección costera y salvamento, dragados, y otros relacionados con el tema.
- Aprobar los anteproyectos y proyectos de construcción de marinas y atracaderos turísticos para la Comisión Interinstitucional de Marinas y Atracaderos Turísticos (CIMAT).
- Participar activamente en materia de oras marítimo – portuarias en Consejos, Comisiones, Juntas Directivas, y demás órganos nacionales e internacionales que la normativa vigente estipule o por instrucción de los Jerarcas del Ministerio.
- Brindar asesoría técnica en materia de su competencia a todas las dependencias del MOPT, al Sector Transporte, así como a otras instituciones, cuando así lo soliciten.
- Ejercer sobre las dependencias del MOPT en las que la naturaleza y especialidad de sus funcioneslo demanden, la supervisión técnica por medio de disposiciones y circulares, así como evaluar su puesta en práctica.
- Cumplir con la legislación vigente y con las normas y procedimientos establecidos en materia de su competencia, dictadas por los entes competentes, así como velar por su cumplimiento.
- Establecer un “Sistema de Control Interno” con fundamento en la normativa legal vigente y acorde con las atribuciones y ámbito de la labor de la dependencia que garantice el cumplimiento de los objetivos internos e institucionales, así como autoevaluarse, al menos, una vez al año para determinar la efectividad del sistema de control interno y mejorarlo si se requiere.
- Rendir informes periódicos a la División sobre las labores realizadas.
- Cualquiera otra que la normativa o los Superiores Jerárquicos le asignen.