División de Obras Públicas

Encargado (a)
Ing. Alonso Mora Arroyo, Director
Teléfono
2523-2442
Correo electrónico
alonso.mora@mopt.go.cr

Funciones

  1. Planificar, construir, mantener y mejorar las carreteras de la red vial nacional, sin el perjuicio de las potestades del Consejo Nacional de Vialidad. Previa coordinación entre ambas instituciones.
  2. Regular, controlar y conservar los derechos de vías de las carreteras de la red vial nacional existentes o en proyecto.
  3. Aprobar o improbar las solicitudes de materiales e insumos que presenten las municipalidades, para la construcción o el mantenimiento de la red vial cantonal.
  4. Emitir la normativa técnica y fiscalizar su aplicación; ejercer la rectoría técnica en materia de infraestructura vial. En virtud de lo cual debe asesorar y coordinar con los gobiernos locales sobre las regulaciones técnicas y logísticas indispensables que atañen a la adecuada funcionalidad de la red cantonal, considerada por separado y en integración con la red vial nacional.
  5. Elaborar conforme a las políticas, planes estratégicos del sector e institucional y programas el Plan de Obras Pública dando el seguimiento correspondiente e informando sobre los avances obtenidos.
  6. Coordinar con la Unidad de Planificación Institucional el asesoramiento sobre los aspectos ambientales que se presentan en los proyectos desarrollados por la División de Obras Públicas.
  7. Administrar los centros de producción del Ministerio.
  8. Emitir las normas, procedimientos y recomendaciones técnicas que rigen la infraestructura vial del país, que garanticen la calidad del servicio, seguridad y estándares acordes con la naturaleza de las vías y divulgarlos a los interesados.
  9. Mantener en operación un Sistema de Gestión Vial integrado (SIGVI) aplicable en la Institución y en las municipalidades para el proceso de conservación y desarrollo de la red vial nacional, diferenciado según región y características particulares; el mismo debe comprender los costos y tarifas para las diferentes actividades, normas de ejecución, normas de intervención y estándares de desempeño, entre otros.
  10. Suscribir convenios, a tenor con la normativa vigente, con el Consejo Nacional de Vialidad, las Municipalidades y otras instituciones; con el fin de impulsar proyectos en la Red Vial Nacional.
  11. Atender mediante las dependencias especializadas de la División, convenios o iniciativas tendientes a impulsar programas de asesoría y asistencia técnica en diseños, contratación, inspección de obras por contrato, permisos para explotación de funciones de material, control de calidad y otros afines.
  12. Colaborar mediante las dependencias especializadas de la División, en caso de disputa entre laboratorios, empresas consultoras y constructoras sobre proyectos viales.
  13. Autorizar programas de trabajo para la prestación de servicios de laboratorio; diseño de pavimentos, carreteras y puentes; servicios de topografía; servicios de geotecnia, servicios de acarreo de materiales, movimiento de tierra y compactación de suelos para la construcción de obras viales y fluviales, previo estudio de factibilidad.
  14. Planificar y ejecutar las obras fluviales.
  15. Coordinar con la Comisión Nacional de Emergencia en los eventos tendientes a la prevención y atención de situaciones de emergencia.
  16. Mantener disponible una flotilla básica de maquinaria y equipo, que permita regionalmente solventar situaciones de emergencia, estudios especializados y proyectos de interés nacional.
  17. Participar activamente en Consejos, Comisiones, Juntas Directivas y demás órganos que la normativa vigente estipule o por instrucción de los Jerarcas del Ministerio.
  18. Cumplir con la legislación vigente y con las normas y procedimientos establecidos en materia de obras públicas, dictadas por los entes competentes.
  19. Brindar asesoría técnica, en materia de su competencia, a todas las dependencias del MOPT, al Sector Infraestructura y Transportes; así como, a otras instituciones, cuando así lo soliciten.
  20. Ejercer, sobre las dependencias del MOPT, en las que la naturaleza y especialidad de sus funciones lo demanden; la rectoría técnica por medio de directrices, disposiciones y circulares, así como, evaluar su puesta en práctica.
  21. Acatar las disposiciones que, en el ejercicio de la asesoría y rectoría técnica, ejerzan las dependencias del MOPT, informando de su labor cuando se le solicite.
  22. Establecer un Sistema de Control Interno con fundamento en la normativa vigente y acorde con las atribuciones y ámbito de la labor de la División, que garantice el cumplimiento de los objetivos internos e institucionales; así como autoevaluarse, al menos, una vez al año para determinar la efectividad del sistema de control interno y mejorarlo si se requiere.
  23. Cumplir con las demás funciones que le asean asignadas por los Despachos del(a) Ministro(a) y de los Viceministros, leyes y los reglamentos.