La reforma a la Ley de Tránsito que entró en vigor el 2 de diciembre de 2024, respecto a que no es obligatorio portar la licencia física y, en cambio, la Policía de Tránsito puede verificar que el conductor está debidamente acreditado en el sistema, no libra a esa persona que maneja el vehículo de renovar su licencia de conducir desde incluso 3 meses antes de su vencimiento.
Dicho diferente, una cosa es que no sea obligatorio portar el documento y otra muy diferente es que puedan conducir con la licencia vencida. Existe un deber que no ha cambiado respecto a que la licencia debe estar al día, se debe renovar una vez vencida su vigencia o en el periodo previo a esa fecha (hasta 3 meses antes), pues, por ejemplos, un conductor podría no tener derecho a conducir, si acumuló 12 puntos en la licencia o podría ser que el dictamen médico que deben aportar para renovar no recomienda que esa persona siga conduciendo, explicó Martín Sánchez Agüero, subdirector de la Policía de Tránsito.
“Es importante no confundirse, a veces solemos simplificar ideas y creemos que, si no debemos portar la licencia, tampoco es necesario renovarla; ahí podría existir una trampa mental, un error, que nos termine costando una sanción que popularmente consideramos sin gracia”, agregó el funcionario.
En esa línea, los conductores que no porten el documento no son sancionados si el oficial verifica la información en el sistema, pero sí se le tendría que sancionar con unos ¢26.000 si al revisar los datos ese conductor tiene la licencia vencida.
Es fundamental, entonces, estar pendientes de la fecha de vencimiento del documento y de renovarlo, como siempre lo han hecho.
Igual de importante está el hecho de que el conductor debe identificarse, con su cédula o identificación de menor, según el caso, pues el oficial debe constatar que el nombre o número de cédula que le está dando quien maneja el vehículo es esa persona verdaderamente. Además de que es obligatorio portar un documento de identidad siempre.
Adicionalmente, al momento de ocurrir un siniestro, un accidente, para que las pólizas cubran los daños, la persona que conduce el vehículo debe tener su licencia al día, no basta con que tenga licencia, debe estar vigente.
Finalmente, Sánchez deja a criterio de cada conductor el seguir portando la licencia física, pero no es obligatorio.