Dirección de Atención de Emergencias y Desastres

Encargado (a)
Lic. Juan Carlos Calderón Fernández
Teléfono
2523-2512
Correo electrónico
juan.calderonf@mopt.go.cr

Funciones

  1. Planear, dirigir, organizar, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades relacionadas en materia de emergencias de obras públicas, en coordinación con las organizaciones competentes a nivel nacional.
  2. Establecer los instrumentos necesarios para que el Ministerio brinde una adecuada respuesta ante las emergencias y desastres.
  3. Coordinar adecuadamente con la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias ante las emergencias y desastres.
  4. Organizar y planificar internamente las acciones de preparación y atención de emergencias, según su ámbito de competencia y con apego a la planificación sectorial.
  5. Desarrollar los sistemas idóneos que garanticen una adecuada y oportuna información entre las diferentes Direcciones de la División de Obras Públicas y de ésta con la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias.
  6. Coordinar y dar seguimiento a la atención y prevención de emergencias que puedan darse en la Institución.
  7. Brindar asesoría, en materia de su competencia, a todas las dependencias del MOPT, incluyendo a los Consejos; así como al Sector Transportes y a otras instituciones, cuando así lo soliciten.
  8. Cumplir con la legislación vigente y con las normas y procedimientos establecidos en materia de emergencias, dictadas por los entes competentes; así como velar por su cumplimiento en otras dependencias del MOPT.
  9. Establecer un “Sistema de Control Interno” con fundamento en la normativa legal vigente y acorde con las atribuciones y ámbito de la labor de la Dependencia, que garantice el cumplimiento de los objetivos internos e institucionales; así como autoevaluarse, al menos, una vez al año para determinar la efectividad del sistema de control interno y mejorarlo si se requiere.
  10. Participar activamente en Consejos, Comisiones, Juntas Directivas y demás órganos que la normativa vigente estipule o por instrucción de los Jerarcas del Ministerio.
  11. Acatar las disposiciones que, en el ejercicio de la asesoría y supervisión técnica, ejerzan las dependencias del MOPT, informando de su labor, cuando se le solicite.
  12. Rendir informes periódicos sobre la labor realizada a la División de Obras Públicas.