Auditoría General

Encargado (a)
Joaquín Vargas Guerrero, Auditor General
Teléfono
2523-2639
Correo electrónico
ageneral@mopt.go.cr

Funciones

  1. Realizar auditorías o estudios especiales de auditoría, de acuerdo con las normas técnicas generalmente aceptadas de auditoría y otras disposiciones dictadas por la Contraloría General de la República en cuanto fueren aplicables, en cualesquiera Unidades administrativas u operativas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en el momento que considere oportuno.

  2. Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno, informar de ello y proponer las medidas correctivas que sean pertinentes. 

  3. Verificar que la administración activa tome las medidas de control interno señaladas en la Ley General de Control Interno N.° 8292 en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros, asimismo examinar regularmente la operación efectiva de los controles críticos, en esas Unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios.

  4.  Asesorar, en materia de su competencia al ministro, además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones; cuando sean de su conocimiento. 

  5. Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia institucional y otros libros que, a criterio del auditor interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno. 

  6. Verificar que los bienes patrimoniales se hallen debidamente controlados, protegidos contra pérdida, menoscabo, mal uso o desperdicio e inscritos a nombre del Ministerio, cuando se trate de bienes inmuebles o de muebles sujetos a ese requisito. 

  7. Verificar que los recursos financieros, materiales y humanos de que dispone la Institución, se hayan utilizado por la administración con eficiencia, economía y eficacia. 

  8. Revisar y evaluar el contenido informativo, la oportunidad, y la confiabilidad de la información contable, financiera, administrativa y de otro tipo, producida en el Ministerio de acuerdo con su plan de auditoría. 

  9. Evaluar los informes que prepara la administración sobre la eficiencia, economía y eficacia con que se han utilizado los recursos, en el cumplimiento de metas y objetivos. 

  10. Verificar, en lo pertinente, el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la Institución y su funcionamiento, de las políticas, planes, programas, objetivos y metas que se hayan formulado. 

  11. Realizar la evaluación de los sistemas de procesamiento electrónico de datos de la Institución y de la información producida por tales sistemas, de acuerdo con disposiciones generalmente aceptadas. 

  12. Comunicar los resultados de las auditorías o estudios especiales que realice por medio de memorandos e informes escritos que contengan comentarios, conclusiones y recomendaciones. 

  13. Verificar que los funcionarios responsables hayan tomado las medidas pertinentes para poner en práctica y mantener las recomendaciones que contienen los informes de la Auditoría General del MOPT, de la Contraloría General y de los auditores externos. Dará cuenta inmediata y por escrito a las autoridades superiores, de cualquier omisión que comprobare al respecto. 

  14. Verificar que estén protegidos los recursos de la Institución, concentrando sus esfuerzos en las áreas de más alto riesgo, y señalar las debilidades de control interno y las recomendaciones que estime pertinentes para proporcionar las bases para una acción correctiva adecuada, con el fin de apoyar a la administración activa en el cumplimiento de sus objetivos y metas. 

  15. Evaluar, en lo que corresponda, las operaciones técnicas y administrativas del Ministerio y comprobar la veracidad e integridad de los registros, informes y estados contables, financieros y presupuestarios. 

  16. Fiscalizar la gestión del riesgo en el Ministerio, para lo cual verificará que la Administración Activa identifique y evalúe los distintos riesgos a los que está expuesta, y que planifique y emprenda las medidas de mejora pertinentes, para mitigar los efectos negativos de esos riesgos, y a su vez cumpla con lo que establece el artículo N.º 18 de la Ley General de Control Interno.

  17. Coadyuvar en el correcto funcionamiento del Sistema de Control Interno, mediante la participación y coordinación con los otros componentes del Sistema, así como la fiscalización y emisión de las recomendaciones pertinentes según las Normas de Control Interno para el Sector Público.

  18. Crear los mecanismos necesarios de control interno para que la Auditoría Interna funcione según lo estipula las Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público. 

  19. Ejercer otras funciones de fiscalización inherentes a su competencia dentro de los lineamientos dictados por la Contraloría General de la República. 

     

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