Uso de patinetas y similares en carretera es ilegal, a propósito de las vacaciones de medio año

Jóvenes en parque de patinaje
Uso de patinetas y similares en carretera es ilegal, a propósito de las vacaciones de medio año
Todo vehículo autopropulsado, o no, que no esté especificado en la Ley de Tránsito, no puede circular en vía pública, en cuenta aceras.

Con la llegada de las vacaciones de medio año, muchos niños y jóvenes aprovechan para salir y hacer actividad física; sin embargo, el uso de patines, patinetas, o similares, autopropulsados o no, en la vía pública (carreteras y aceras) es ilegal.

La restricción de uso en vías públicas se establece porque es muy peligroso la convivencia vial de estas personas con vehículos y un riesgo para peatones en las aceras. Su uso ilegal implica su decomiso y una multa que ronda los ¢26.000.

En el primer caso, explicó el director de la Policía de Tránsito, Oswaldo Miranda Víquez, es ilógico que una persona, solo porque va en una patineta, comparta la vía con carros y motocicletas, es muy vulnerable y, a veces, estas personas incluso conducen contravía o hacen cruces transversales a lo ancho de la carretera, sin ningún tipo de advertencia a los otros actores viales.

En el mismo sentido, usar estos aparatos en las aceras representa también un peligro para los peatones, dentro de los que se cuentan adultos mayores, niños o mujeres embarazadas, por dar algunos ejemplos de personas más vulnerables.

Utilizar estos dispositivos, algunos con motor, como medio de transporte en vías públicas es ilegal, salvo que sea una bicicleta, recalcaron.

Tampoco valida su uso en vacaciones, en zonas de playa, bulevares o destinos turísticos, en general, solo porque se está paseando en ese lugar.

Existen en diferentes sitios del país espacios para practicar el uso de patines y patinetas, por ejemplo, de ahí que se pide recurrir a esos parques y lugares públicos y siempre con la protección debida, que incluya al menos casco, y si pueden agregar rodilleras y coderas, todavía mejor, indicaron las autoridades. 

Decomiso y devolución 

Cuando estos artículos son decomisados por la Policía de Tránsito, se debe pagar la multa para poder retirarlos; si el propietario tiene menos de 15 años, debe acompañarse por su responsable legal, como su mamá o su papá, para el trámite de reclamo del bien.

También, se les recuerda que toda persona mayor de 13 años debe tener una identificación, sea su Tarjeta de Identificación de Menores o la cédula de identidad, a partir de los 18 años. 

 

ARTÍCULO 124.- Patinetas y otros
Se prohíbe la circulación, en las vías públicas, de patinetas y otros artefactos autopropulsados o no, que no estén explícitamente autorizados en esta ley o en su reglamento.
Las autoridades competentes podrán retirar de circulación estos artefactos y su devolución solo se hará al propietario o tercero autorizado, una vez cancelada la multa respectiva. Las personas menores de quince años deben ser acompañadas por sus padres o tutores, para el trámite