Ciclistas deben respetar Ley de Tránsito como conductores que son de un vehículo

Ciclista al lado derecho de un  vehículo en carretera
Ciclistas deben respetar Ley de Tránsito como conductores que son de un vehículo
Otro conductores deben respetar a los ciclistas.

En plena época seca, en la mayoría del país, y con el inicio del curso lectivo, que genera que algunos estudiantes vayan y regrese de la escuela o el colegio, en bicicleta, es necesario recalcar que los ciclistas tienen tanto derechos como deberes.

La misma lógica aplica para quienes usan ese vehículo con fines recreativos o las personas que usan la bicicleta para ir a sus trabajos; es decir, deben respetar las normas viales.

Así, los ciclistas tienen derecho a que se les respete como actores viales que son, eso implica no apresurarlos, no realizar contra ellos acciones intimidantes para que se orillen (comprendiendo que tienen derecho a viajar por el centro del carril) ni ninguna conducta hostil, entendiendo, asimismo, que se ubican en lo más alto de la prioridad de la pirámide de movilidad urbana, solo por debajo de los peatones.

Oswaldo Miranda Víquez, director de la Policía de Tránsito, recalcó que la convivencia respetuosa y pacífica en carretera, con empatía, debe ser el objetivo. El pago de importes, como el marchamo, no tienen ninguna relación ni proporcionalidad a tener más o menos derechos en carretera, como equivocadamente lo pretenden argumentar algunos conductores.

Eso sí, los ciclistas deben comprender, también, que viajan en un vehículo y eso conlleva respetar los Altos, los semáforos, no deben conducir contravía o por las aceras; no es optativo para ellos respetar o no la Ley.

De igual manera, como ciudadanos, deben portar una identificación y el salir a realizar deporte en bicicleta no puede ser una justificación para no llevar dicho documento.

Nunca, por un tema de seguridad, debe viajar más de una persona en una bicicleta, salvo que esté hecha para eso. Este detalle lo quiso recalcar el funcionario, ya que no es válido que un papá o una mamá lleve a su hijo en la barra de la bicicleta; se debe tener un segundo espacio, un segundo asiento, adecuado, para ello.

Tampoco deben viajar dos personas en un bicicleta, uno sentado y el otro sobre los “conos” o tornillos de la llanta trasera, mientras se sujeta de la espalda de quien conduce. Es ilegal, asimismo, sujetarse de otro vehículo para que lo remolque.

En ese línea, no se deben llevar personas de menos de 3 años en una bicicleta y si ese niño tiene menos de 6 años no puede conducir una bicicleta en vías públicas si no se hace acompañar de otra persona que lo vigile y que tenga, como mínimo, 15 años.

Aunque no establece sanciones por no cumplirlo, la Ley de Tránsito indica que los ciclistas deben portar casco y ropa reflectante, como los motociclistas. A la vez, al ser un vehículo, deben portar luz de 6 pm a 6 am, y sí se les puede sancionar por este irrespeto.

Por otro lado, si bien se permite que el ciclista viaje por el centro del carril es importante que si lo percibe como algo seguro de hacer tenga la cortesía de orillarse para que deje pasar a otros vehículos que viajan más rápido.

Cuando estos otros conductores los rebasen deben separarse, al menos, 1.5 metros del ciclista, por razones de seguridad.

Al adelantar a un ciclista, si la calle es angosta, si no es seguro, si no es posible separarse lo suficiente, los conductores de automotores no deben hacer la maniobra, deben esperar el momento adecuado, seguro y legal. Es la misma maniobra que hacen cuando rebasan a un carro, camión o bus, se separan de este, invaden el carril contrario y aumentan la velocidad.