La ilusión de los papás, tías o abuelitos de sorprender a los niños de la casa con la bicicleta, los patines o la patineta que le pidieron a Santa Claus, debe venir acompañada de la prevención y sumar al obsequio, idealmente, casco, rodilleras y coderas.
También se solicita utilizar chaleco o ropa reflectante de la luz, cuando se utiliza una bicicleta.
Estas recomendaciones las lanzó la Policía de Tránsito en momentos en los que más personas van recibiendo su aguinaldo y lo utilizan para comprar los regalos de Navidad.
Empero, aclararon en el cuerpo policial, es solo una recomendación, pues no usarlos no implica una sanción. Eso sí, enfatizaron, confían en que la decisión de adquirirlos se base en el deseo de proteger a esos niños (o hasta adultos que recibirán la bicicleta que querían) y no a un criterio secundario y menos relevante de si se recibe una multa, o no, por ello.
De igual manera, aprovecharon para recordar que solo las bicicletas pueden usarse en las carreteras.
Los patines o patinetas, autopropulsados, o no, no son permitidos en las carreteras, con base en el artículo 124 de la Ley de Tránsito.
La legislación establece claramente que este tipo de vehículo no debe utilizarse en las carreteras ni en las aceras (tampoco las bicicletas en este último caso).
Respecto a patines y patinetas, explicaron en la Dirección de Tránsito, es un riesgo para los conductores el tener que esquivar a estas personas que, a veces, ni siquiera circulan en el sentido correcto del tránsito, pero, más todavía, es un alto riesgo para estas personas, ya que podrían ser atropelladas.
En el mismo sentido, usar estos aparatos en las aceras representa también un peligro para los peatones, dentro de los que se cuentan adultos mayores, niños o mujeres embarazadas, por dar algunos ejemplos de peatones más vulnerables.
Existen en diferentes sitios del país espacios para practicar el uso de patines y patinetas, por ejemplo, de ahí que se pide recurrir a esos parques y lugares públicos y siempre con la protección debida.
Los niños de menos de 6 años pueden circular en bicicleta por las carreteras, en el tanto sean acompañados por alguna persona de 15 o más años.
Es ilegal enseñar a conducir bicicleta en carreteras cuya velocidad permita sea de 40 km/h o más.
Finalmente, en las bicicletas solo debe viajar una persona, salvo que esté hecha para más de una y ese pasajero no debe tener menos de tres años.
Decomiso y devolución
Cuando estos artículos son decomisados por la Policía de Tránsito, se debe pagar la multa para poder retirarlos; si el propietario tiene menos de 15 años, debe acompañarse por su responsable legal, como su mamá o su papá, para el trámite de reclamo del bien.
También, se les recuerda que toda persona mayor de 13 años debe tener una identificación, sea su Tarjeta de Identificación de Menores o la cédula de identidad, a partir de los 18 años.